Acerca de la DGESuM



La misión de la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio es proponer y coordinar las políticas educativas de educación superior para las instituciones formadoras de docentes a fin de lograr óptimos niveles de calidad y cobertura, así como su integración a las necesidades de la educación básica del país.


Acorde al artículo 16 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, corresponde a la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio,

el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Proponer a la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Superior las políticas para el desarrollo de las instituciones yprogramas de educación superior destinados a la formación de los profesionales de la educación, así como impulsar su implementación;
  2. Proponer a la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Superior, en coordinación con la Subsecretaría de

    Educación Básica y la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, las normas pedagógicas, los planes y programas

    de estudio para la educación normal, y demás normativa para la formación de maestros de educación básica, los cuales deberán

    mantenerse acordes al marco de educación de excelencia contemplado en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los

    Maestros, así como a las necesidades detectadas en las evaluaciones realizadas a los componentes del Sistema Educativo

    Nacional. Para tales efectos, considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de diversos

    actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen

    las realidades y contextos regionales y locales. De igual forma tomará en cuenta aquello que, en su caso, formule la Comisión

    Nacional para la Mejora Continua de la Educación, brindando la asesoría y asistencia que, en su caso, requieran las autoridades

    educativas para formular la referida opinión;

  3. Establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan la educación superior a que se refiere este

    artículo, a efecto de acordar con la persona titular de la Subsecretaría de Educación Superior políticas y acciones para su

    desarrollo;

  4. Mantener la articulación y congruencia entre los contenidos, planes y programas de la educación básica nacional con los

    programas de educación normal y los de actualización y capacitación en la misma, conjuntamente con la Subsecretaría de

    Educación Básica, la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa y las demás unidades administrativas y órganos

    administrativos desconcentrados competentes de la Secretaría;

  5. P. Promover acciones que tengan como propósito que las instituciones de educación superior destinadas a la formación de los

    profesionales de la educación alcancen niveles superiores de desarrollo, mediante procesos de planeación estratégica

    participativa y programas integrales de fortalecimiento institucional;

  6. Auspiciar el mejoramiento de la excelencia de la educación superior a que se refiere este artículo y la solución de los

    problemas específicos de la misma;

  7. Promover procesos de autoevaluación y evaluación externa de los programas educativos y de la gestión institucional en

    los planteles a que se refiere este artículo;

  8. Participar en el estudio de los proyectos para la creación de instituciones de la educación superior a que

    se refiere este artículo;

  9. Gestionar, con la intervención de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las aportaciones federales

    para las instituciones de educación superior a las que se refiere este artículo que funcionen como organismos descentralizados y

    las demás que sean de su competencia;

  10. Establecer mecanismos para evaluar el desempeño de las instituciones educativas del tipo superior a que se refiere este

    artículo;

  11. Promover ante las instituciones de educación superior a que se refiere este artículo, la realización de estudios y

    diagnósticos que permitan identificar sus características y conocer los resultados obtenidos, con el propósito de sistematizar,

    integrar y difundir la información necesaria en la evaluación global de este tipo educativo;

  12. Promover que en las instituciones de educación superior a que se refiere este artículo, se realicen estudios y diagnósticos que permitan identificar sus características, conocer los resultados obtenidos para sistematizar, integrar y difundir la información necesaria en la evaluación global de este tipo educativo;
  13. Evaluar el funcionamiento de las instituciones de educación superior a que se refiere este artículo;

  14. Coordinar la integración de un subsistema nacional de formación de profesionales de la educación;
  15. Desarrollar mecanismos para la coordinación e integración sistémica de las instituciones y programas de educación

    superior destinados a la formación de profesionales de la educación, y

  16. Establecer la coordinación necesaria con la Dirección General de Análisis y Diagnóstico del Aprovechamiento Educativo,

    para el diseño y aplicación de sistemas de evaluación con objeto de conocer los niveles de excelencia alcanzados y determinar la

    medida en que esta corresponde a las demandas de desarrollo del sistema educativo